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Mineduc despacha decreto que reconoce el ejercicio docente de las y los Educadores Tradicionales

Viernes 9 de Marzo, 2018

En el marco de la implementación del Sector de Lengua Indígena, el Ministerio de Educación despachó el Decreto Supremo DS N° 301, que habilita y reglamenta la función docente de las y los Educadores Tradicionales y que ya fue firmado por la Presidenta de la República, Michelle Bachelet.

La coordinadora de la Secretaría de Educación Intercultural Indígena, Paula Pilquinao, sostuvo que “es un motivo de felicidad para los más de mil educadores tradicionales que se encuentran en el sistema educativo y este decreto era una demanda muy sentida en todo el país”. Añadió que “con esto se reconoce el trabajo y el esfuerzo por enseñar las lenguas de los pueblos originarios, que se han ido perdiendo, por lo que las y los Educadores Tradicionales cumplen una labor muy importante para mantenerlas, porque son una riqueza muy importante para Chile y sus comunidades”.

Este instrumento establece que las y los Educadores Tradicionales son los miembros de las comunidades indígenas, elegidos y validados por las mismas, para ejercer la función docente en la asignatura Lengua Indígena. El criterio de selección es el conocimiento de una lengua indígena (en caso de vitalidad lingüística), y las culturas de los pueblos originarios de los cuales son parte.

Esto, en base al Convenio N°169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes; y al artículo 41 de la Ley General de Educación, que valida el aprendizaje al margen del sistema formal, adquirido por experiencia personal o en el mundo laboral.

El DS Nº 301 permitirá que las secretarias regionales de Educación puedan validar la calidad de Educador/a Tradicional a quienes poseen la experticia y conocimientos de la lengua, tradiciones, historia propia y cosmovisión, a partir de su historia de vida y pertenencia a los pueblos originarios.

También podrán acceder a esta certificación las y los profesionales de la educación que tengan la validación de las Comunidades o Asociaciones Indígenas vinculadas con los establecimientos educacionales y que cuenten con la acreditación de competencias lingüístico-culturales suficientes para ejercer la enseñanza de estos contenidos.

Asimismo, posibilitará la contratación de quienes ejerzan este rol a través de las normas del Código de Trabajo o Estatuto Municipal, según sea el caso, con recursos de subvención normal, lo que les permitirá acceder a los derechos sociales (salud) y previsionales, entre otros, mejorando sus condiciones laborales.

Actualmente las y los Educadores Tradicionales que se desempeñan en dupla con un profesor o profesora mentor/a del sistema, en su gran mayoría reciben pagos a través de honorarios solo entre marzo y diciembre, sin sistemas de incentivos ni oferta formal de perfeccionamiento a nivel nacional, carecen de seguros laborales y de salud (pre-post natal) y no se les reconoce antigüedad dentro del sistema educativo.

De acuerdo a los datos proporcionados por el Sistema de Información General de Estudiantes (SIGE) del Ministerio de Educación, en 2016 se registraron 1.783 establecimientos educacionales con más del 20% de matrícula de estudiantes pertenecientes a los pueblos originarios, que han hecho ejercicio de la educación intercultural e indígena, Según datos oficiales, 1.391 establecimientos a nivel nacional implementan la asignatura y 1.116 llevan a cabo acciones interculturales establecidas en su Plan de Mejoramiento Educativo, con el propósito de recuperar las lenguas y las culturas vulneradas de los pueblos originarios en sus territorios.